Novilla
Precio (ptas)


Comprador Dirección
ARGOMOTA JABATO AMANDA

320.000
Juan Carlos Suárez Medal - Coaña
ARGOMOTA SUKER SHERIL

300.000
  Ganadería Lagua Figueras - Castropol
ARGOMOTA LINDY UNICA
405.000
Celestino Rodriguez Martinez Otur - Valdés

 

Reglamento de la Subasta

 

CONDICIONES GENERALES

1º. Siendo una Subasta encaminada a la promoción de explotaciones, la presentación de animales a la misma queda reservada a ganaderías a título individual.

2º. Siendo una Subasta abierta se podrán presentar animales de todas las edades sea cual fuere su estado o sexo.

3º. Las ganaderías que deseen concurrir con animales a esta Subasta, deberán comunicarlo a la Organización de la misma, por medio de la cédula de inscripción dispuesta a tal efecto.

4º. A fin de poder confeccionar el catálogo de la Subasta, los ganaderos que presenten animales, estarán obligados a presentar, junto con la solicitud de inscripción, fotocopia del certificado de registro y carta genealógica.

5º. Los animales deberán contar con las suficientes condiciones de presentación y doma que permitan su exhibición en el ring de subastas.

CONDICIONES SANITARIAS

6º. Todos los animales a subastar procederán de establos oficialmente saneados, esto es, exentos de tuberculosis, brucelosis y leucosis bovina y en los que no se habrá detectado ninguna enfermedad infectocontagiosa de declaración obligatoria en el último año.

7º. Para acreditar el cumplimiento de los requisitos exigidos en el punto anterior, los ganaderos estarán obligados a presentar los correspondientes certificados, expedidos por el órgano oficial competente, que así lo acrediten.

CONDICIONES GENEALÓGICAS

8º. Es condición obligatoria, para ser admitidos a subasta, que los animales presentados estén inscritos en el libro genealógico de la raza Frisona.

9º. Los animales admitidos a subasta deberán estar inscritos en el Registro Definitivo.

CONDICIONES DE TASACIÓN

10º. Se nombrará una comisión técnica que, de acuerdo con el propietario de los animales a subastar, acordará un precio mínimo de venta.

11º. Si el precio mínimo de venta exigido por el ganadero es claramente exagerado o cuando un animal presente cualquier tipo de problema, esta comisión técnica podrá rechazar su inscripción en la Subasta.

12º. Cuando el precio de remate de un animal, sea inferior al mínimo establecido entre el ganadero y la comisión técnica, éste podrá ser retirado por su propietario y no ser adjudicado.

CONDICIONES DE ADJUDICACIÓN

13º. Podrá ser comprador toda persona física o jurídica que lo desee.

14º. Los animales serán adjudicados al comprador que más hubiese pujado por ellos.

15º. Se subvencionará al comprador del animal por parte de la Organización de acuerdo con las siguientes tarifas: - de 0 a 10 meses de edad, 10.000 ptas. - de 11 a 18 meses de edad, 20.000 ptas. - de más de 19 meses de edad, 25.000 ptas.

16º. En caso de que el precio alcanzado por un animal sea inferior al establecido entre el vendedor y la comisión técnica (art. 12) éste tendrá la opción de rechazar la oferta.

17º. Todo comprador al que se le adjudique un animal, vendrá obligado a hacerse cargo del mismo previo pago de los impuestos correspondientes a la transacción.

18º. Sólo se podrá anular una venta en el caso de animales que no cumplan las condiciones de pedigrí o gestación expuestas públicamente durante la Subasta.

19º. Si algún comprador o vendedor infringe el presente reglamento, se le exigirán daños y perjuicio que legalmente hubiere lugar.

 

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